El modelo 390
Es una declaración informativa de resumen anual de las operaciones relativas a la liquidación del IVA en España. Se trata del equivalente anual del modelo 303 pero extendido, que se presenta con el cierre contable de cada ejercicio
¿Quién está obligado a presentar este modelo?
Este modelo debe ser presentado por cualquier autónomo o empresa que desarrolle una actividad sujeta a IVA y presente la declaración trimestral del modelo 303. Sin embargo, existen excepciones para aquellos autónomos que tributan por el régimen simplificado y aquellos que se dedican al arrendamiento de bienes inmuebles
¿Cuál es la fecha límite para presentar el modelo 390?
La fecha límite para presentar el modelo 390 es del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio
Seguros obligatorios para autónomos
Requisitos para declarar el modelo 390
- La base imponible de tus ingresos y gastos.
- El tipo impositivo del IVA aplicado a esos importes, que puede ser al 4%, 10% o 21%.
- La procedencia de ingreso o gasto, es decir, si se tiene carácter nacional, intracomunitario o extracomunitario.
- Diferenciar entre gastos corrientes o bienes de inversión.
¿Puedo presentar el modelo 390 online?
Sí, se puede presentar en formato digital a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Además, necesitarás contar con un certificado electrónico personal o la clave PIN.
En caso de presentar el modelo 390 en formato papel, puedes hacerlo en la sede de la Agencia Tributaria
Es recomendable contar con un servicio de gestoría para autónomos para facilitar la cumplimentación del modelo 390. Es importante destacar que el modelo 390 es meramente informativo y no conlleva cargo alguno, pero es de obligada presentación para el autónomo. El descuadre entre el modelo 390 y el modelo 303 puede suponer comprobaciones tributarias
Fuente: Agencia Tributaria